Gertz vs. Cuevas: giro de 180 grados
El caso de Alejandro Gertz Manero contra su excuñada, Laura Morán, y la hija de ésta, Alejandra Cuevas, ha cimbrado al país.
El fiscal general de la República culpa a quien fuera su cuñada por 50 años y concubina de Federico Gertz de haberlo dejado morir sin la atención médica necesaria. También se ha culpado a la hija de la señora Morán, Alejandra Cuevas, quien lleva más de un año en prisión.
El caso llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
En un proyecto anterior, que fue analizado el pasado 14 de marzo, fue la primera vez que se subió al pleno de la Suprema Corte. El ministro Alberto Pérez Dayán había propuesto devolver los expedientes de Laura y Alejandra al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México para que sus pruebas fueran revisadas y se dictaran nuevas resoluciones.
Pero este proyecto no tuvo la aprobación de los ministros porque se había filtrado el proyecto al Fiscal antes que a la defensa de la familia Cuevas. Estos audios fueron obtenidos de manera ilegal, pero el contenido develaba que el fiscal Gertz Manero estaba teniendo injerencia en algunos ministros de la Corte, o por lo menos eso decía en los audios.
Los ministros votaron en contra. Aunque sólo cinco se pronunciaron desde ese momento por el amparo liso y llano, el que otorga liberación inmediata, considerando que no había elementos que respaldaran la encarcelación de esta mujer. Pero faltó un voto para que ésa fuera la decisión final.
En ese momento se decidió estudiar el caso a fondo.
Desde ayer ha comenzado una nueva batalla en la Suprema Corte de Justicia de la Nación por este caso.
Este martes 22 de marzo, el máximo tribunal dio a conocer el proyecto que se analizará y el cual está a cargo del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, éste consiste en dos puntos: el primero tiene que ver con “abandonar un criterio vigente desde hace 10 años, que imponía limitaciones a lo que las personas inculpadas podían hacer cuando se les había concedido un amparo por defectos formales y no lo impugnaban, pero la autoridad o la víctima sí lo hacían”.
El segundo, es otorgar los amparos lisos y llanos a Laura Morán y Alejandra Cuevas para cancelar los procesos iniciados en su contra.
Con esto, Alejandra Cuevas tiene un pie fuera de la cárcel, pues lleva más de 520 días encerrada en el penal de Santa Martha Acatitla. Mientras su madre permanece en su casa en prisión domiciliaria. Sí, una mujer de 94 años quien por medio siglo fue cuñada del fiscal.
Piden justicia
Alejandro Gertz culpó a la pareja sentimental de su hermano, Laura Morán Servín. La acusó de homicidio por omisión de cuidados. Se llevó a su hermano al hospital donde estuvo más de un mes y nunca dejó que Laura, su compañera de vida, lo pudiera volver a ver o despedirse antes de que muriera.
En ese momento la demanda fue considerada improcedente, pero él retomó el tema ya como fiscal general de la República; a su querella inicial le agregó las acusaciones en contra de las hijas de Laura Morán.
Una de ellas es Alejandra Cuevas Morán, detenida el 27 de octubre de 2020 mientras circulaba con su hijo Gonzalo por Paseo de la Reforma. La otra Laura desapareció, no ha sido detenida.
Se espera que el próximo lunes 28 de marzo el nuevo proyecto sea discutido.
Hace unos días cuestionaba en estas páginas si te pueden culpar por homicidio, porque un adulto mayor, con una enfermedad crónica, fallece y ni siquiera vives en ese domicilio.
En el caso de Alejandra Cuevas, ¿se imagina usted que su mamá se volvió a casar y su esposo ya es mayor, está enfermo y fallece, y le echan la culpa de omisión en el cuidado del señor, incluso si no vive con ellos?
Pues por homicidio por omisión de cuidados están los procesos en contra de Laura Morán Servín y su hija Alejandra Cuevas Morán.
Pero la pregunta es: ¿quién es responsable de cuidar a un adulto mayor?
Hace unos días el ministro Luis González Alcántara dijo que ni siquiera está configurado el presunto delito de ser responsable por no cuidar a una persona, y más aún, que eso debe hacerlo una mujer en particular.
Hoy, el caso está a punto de dar un giro de 180 grados.
En el asunto de la señora Morán, por tratarse de su concubina desde hace 50 años, y en el caso de la señora Cuevas, por tratarse de la hija de la pareja, la acusación de manera indirecta o garante accesoria, lo cual, de acuerdo con el proyecto de Gutiérrez Ortiz Mena, se utilizó una figura inexistente en la legislación penal: la de garante accesoria.
Con ello argumenta que, de acuerdo con la Constitución, “no hay delito sin ley”.
En el caso de la señora Morán, el proyecto identifica que el deber de cuidado que se le impuso excede el límite de lo razonable. No es posible esperar que una mujer sin conocimientos especializados y en franca situación de vulnerabilidad —pues tenía 88 años— se condujera como si tuviese habilidades excepcionales para evitar la muerte de una persona gravemente enferma.
El proyecto indica que no puede ser responsabilizada por un resultado, es decir, la muerte de su pareja sentimental de 50 años, pues razonablemente no lo podía evitar.
Y reiteró lo que argumenta el ministro Ortiz Mena: “de acuerdo con la Constitución, no hay delito sin ley”. Si no hay delito sin ley, la señora Laura Morán y Alejandra Cuevas no pueden ser acusadas por los delitos que las tienen privadas de su libertad, y tendrán que salir ya de la prisión domiciliaria y del reclusorio.